jueves, 6 de marzo de 2014

Agilidad en el procedimiento de desahucio

La nueva ley tiene como principal objetivo flexibilizar el mercado del alquiler con medidas como
 
- La reducción de 5 a 3 años de la prórroga forzosa
- La reducción de 3 a 1 la prórroga tácita
- La posibilidad que el arrendatario ( inquilino) desista del contrato una vez transcurridos 6 meses con previo aviso de 3o días.
 
Con la situación económica actual, el mercado del alquiler es una buena opción si lo comparamos con la adquisición en propiedad de la vivienda.
 
La nueva regulación protege al propietario de tal forma que incentiva la puesta a disposición de las viviendas al mercado arrendaticio.
 
Hay una previsión estipulada para que el arrendatario pueda desistir del contrato en cualquier momento una vez transcurridos 6 meses y previo aviso mínimo de 3o días.
 
El desahucio express consiste en lo siguiente: si el inquilino que no paga la renta no atiende al requerimiento de pago o no se persona oponiéndose o allanarse, el juzgado directamente señala fecha para el desahucio.
 
 
Desahucio
Impago de alquiler o rentas
Recupera tu vivienda

No hay comentarios:

Publicar un comentario