sábado, 8 de marzo de 2014

El inquilino no paga la renta. Desahucio.

La Ley 4/2013 de 4 de Junio anuncia en su articulado la creación de un registro de sentencias firmes de los casos de impago de rentas.

Cuando se alquile una vivienda y se tramite un procedimiento de desahucio, una vez se obtenga sentencia firme se inscribirá en un Registro que facilitará al Propietario información sobre el futuro inquilino.

De esta forma, intenta la Ley evitar que los inquilinos que no pagan la renta se aprovechen del propietario encadenando un alquiler tras otro como modus vivendi.

Esta información minimizará el riesgo que supone alquilar inmuebles a personas que tienen precedentes de incumplimiento en el pago de rentas.

Para tener acceso a esta información, el propietario deberá facilitar al Registro su propuesta de contrato de alquiler identificando al arrendatario o futuro inquilino.

La cancelación de datos del inquilino moroso en el Registro puede llevarse a caso una vez éste pague la deuda pendiente o, en su defecto, por el transcurso de 6 años.

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