miércoles, 10 de diciembre de 2014

Desahucio rápido, desahucio express. Recupera tu vivienda!

Cuando el cliente propietario de una vivienda alquilada y que no percibe las rentas pactadas nos contacta, le solicitamos la documentación necesaria para presentar la demanda de desahucio.

En cuanto nos envía la documentación escaneada, presentamos la demanda y tras la admisión, el Juzgado requiere al demandado para que, en un plazo de diez días: desaloje o pague.

"Se extiende el sistema del juicio monitorio a los juicios de desahucio por falta de pago, de modo que, en el caso de que el arrendatario no desaloje el inmueble, pague o formule oposición tras el requerimiento, se pase directamente al lanzamiento, cuya fecha se le comunica en el mismo requerimiento, única comunicación procesal necesaria para el buen fin del proceso, aun cuando el demandado tratase de dilatar la ejecución, evitándose asimismo la celebración de vistas innecesarias".
                       SI EL INQUILINO LE DEBE 1 MES O MÁS, CONTACTENOS E INICIAREMOS EL PROCEDIMIENTO DE DESAHUCIO Y RECLAMACIÓN DE RENTAS
 
Tel. 639.49.00.51 M. Ángeles Povedano Picola
                               Abogada Col. 1676 ICAMAT

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